SC Admite a trámite autorización de concentración América Móvil – Telefónica
SC Admite a trámite autorización de concentración América Móvil – Telefónica

SC Admite a trámite autorización de concentración América Móvil – Telefónica

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sc_logo miércoles 6 de noviembre, 2019Hace 4 años

La admisión marca el inicio del análisis de los efectos que tendría la transacción en los mercados de las telecomunicaciones en El Salvador, con el cual la Superintendencia deberá determinar si esta provocará una limitación significativa de la competencia.

Miércoles 6 de noviembre de 2019. La SC admitió a trámite la solicitud de autorización de concentración económica presentada por América Móvil y Telefónica de El Salvador, dando inicio al análisis técnico, económico y jurídico que determinará si la transacción provocará o no una limitación significativa de la competencia, en los términos del art. 34 de la Ley de Competencia (LC).

Ambas empresas presentaron esta tercera solicitud de autorización el 19 de septiembre de este año. A partir de esa fecha, la SC inició una nueva evaluación para valorar la admisibilidad de la solicitud o la necesidad de completar la información del expediente por los dos solicitantes, tal como lo establecen la LC (artículos del 31 al 36) y su Reglamento, RLC, (artículos del 18 al 32), y la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA).

Conozca la Ley de Competencia y su reglamento

Previo a la admisión a trámite, la SC notificó a las empresas, el 14 de octubre de 2019, la necesidad de completar información para este expediente, lo que se conoce como una prevención a las partes involucradas en la operación de compra. El 28 de octubre de 2019, esta prevención fue subsanada, es decir, que la información requerida a ambas empresas fue entregada a la SC en los plazos que las leyes mencionadas establecen.

Con la solicitud completa, la SC resolvió la admisibilidad, que fue notificada a América Móvil y a Telefónica de El Salvador el 6 de noviembre de 2019. A partir de la fecha en que se completó la solicitud, dio inicio el análisis técnico correspondiente para evaluar los efectos que tendría la operación en la dinámica competitiva de los mercados involucrados. El análisis de esta concentración, para el que la SC cuenta con noventa (90) días hábiles, profundizará en aspectos como la disponibilidad de los productos y servicios particulares del mercado, la facilidad para sustituirlos por otras alternativas, la cantidad de competidores y su participación en el mercado, las estrategias comerciales, entre otros, enfatizando en la evaluación de los efectos de la transacción sobre la eficiencia y el bienestar de los consumidores.

El Consejo Directivo de la institución resolverá, con base en los resultados del análisis, si esta concentración se autoriza, se deniega o se condiciona.

Le invitamos a saber qué es una concentración económica a través de nuestros recursos playground

Sobre las dos solicitudes anteriores

El 24 de enero de 2019, la empresa mexicana de telefonía, América Móvil, anunció su intención de adquirir la operación de Telefónica en El Salvador, sobre la cual la SC informó oportunamente a la opinión pública los detalles del trámite que correspondería a la autorización de la concentración, de acuerdo con lo que la Ley de Competencia establece.

A partir de estas aclaraciones, América Móvil inició el trámite en la SC con la presentación de la  primera solicitud de autorización de la concentración, el 5 de marzo, y de la segunda solicitud, el 27 de junio. La Superintendencia resolvió la inadmisibilidad de ambas solicitudes (29 de abril y 26 de agosto, respectivamente) después de que América Móvil no completó la información requerida y prevenida de acuerdo con la LC y la LPA, en los plazos que las mismas establecen.

Para conocer más detalles de los dos expedientes previos de este caso, le invitamos a consultar CronologíaSC en los siguientes enlaces:

Solicitud de Concentración Claro – Telefónica 1

Solicitud de Concentración Claro – Telefónica 2

Sobre las concentraciones económicas

La SC realiza un análisis preventivo para proteger la eficiencia económica (el funcionamiento correcto de los mercados, en respeto de reglas claras) y evitar que, como consecuencia de una transacción entre empresas (fusión, adquisición, consolidación, integración o combinación de sus negocios en todo o en partes), se afecte la libre y sana competencia, considerando los efectos de la operación sobre el ciudadano consumidor, como fin principal.

Desde 2006, año de fundación de la SC y de la entrada en vigor de la Ley de Competencia, se han recibido un total de 151 solicitudes de autorización de concentración económica. De este total, fueron admitidas 27, ya que cumplían con los requisitos de la LC, incluyendo la superación de los umbrales monetarios en cuanto a la combinación de activos totales y la combinación de ingresos totales. De las admitidas, 17 fueron autorizadas, 9 condicionadas y únicamente un caso resultó en denegatoria.

Junto al sector financiero, el de telecomunicaciones es uno de los más dinámicos en lo que a fusiones se refiere. La SC registra la autorización de cinco (5) concentraciones económicas en este sector, del total de 23 casos que han sido avalados entre 2007 y 2019.

La SC realiza un análisis preventivo para proteger la eficiencia económica (el funcionamiento correcto de los mercados, en respeto de reglas claras) y evitar que, como consecuencia de una transacción entre empresas (fusión, adquisición, consolidación, integración o combinación de sus negocios en todo o en partes), se afecte la libre y sana competencia, considerando los efectos de la operación sobre el ciudadano consumidor, como fin principal.

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