Resumen Técnico SC – Marzo 2018
Resumen Técnico SC – Marzo 2018

Resumen Técnico SC – Marzo 2018

[qrcode]

Lea en digital

sc_logo martes 6 de marzo, 2018Hace 6 años

Presentamos las más recientes publicaciones de la SC. Estamos comprometidos con fomentar la discusión sobre el análisis de competencia, así como cualquier otro tipo de investigación.

ESTUDIOS DE COMPETENCIA

Estudio sobre la caracterización del mercado de prestación de servicios financieros a MYPE.

Una característica de las economías en desarrollo, en particular de la salvadoreña, es la predominancia de micro y pequeñas empresas en su parque empresarial. Dichas unidades económicas se constituyen en una fuente significativa de empleos e ingresos, y, por ende, su dinamismo resulta fundamental para incentivar el crecimiento económico AppSC Diversas investigaciones han coincidido en que las dificultades frecuentes de financiamiento que enfrentan las MYPE – en términos de acceso y de condiciones adversas –, limitan las posibilidades de desarrollo de este tipo de empresas. 

El estudio presenta los resultados de investigación primaria tanto de la oferta como de la demanda de financiamiento a MYPE. En la demanda se encontraron perfiles diferenciados del empresariado, empresa y necesidades financieras según el tamaño de unidad, microempresa (subsistencia, acumulación simple, acumulación ampliada) y pequeña empresa.

Por el lado de la oferta, se encuentra que a medida disminuye el tamaño de la empresa, también lo hacen el número de entidades financieras tradicionales privadas que les atienden. Además, el estudio puso de manifiesto la importancia de la aplicación de metodologías especializadas para atender con mejores condiciones a empresas de menor tamaño y, con ello, de las necesidades normativas diferenciadas para atender a unidades económicas heterogéneas.

Estudio de Competencia en el Mercado Mayorista de Energía Eléctrica.

El Mercado Mayorista de Energía Eléctrica está conformado por el Mercado Regulador del Sistema (MRS) y el mercado de contratos entre generadores y demandantes. A partir de la implementación del despacho basado en costos de producción en agosto de 2011, los precios spot de las transacciones operadas en el MRS se encuentran más cercanos a la evolución de los precios de los combustibles líquidos (su costo variable de mayor relevancia), reflejando resultados económicos eficientes.   Los resultados de los indicadores pivotales y de oferta residual presentan valores que advierten que los principales oferentes están en condiciones de ejercer el poder de mercado. No obstante, estos valores únicamente tienen carácter indicativo, ya que el Índice de Lerner muestra una baja brecha entre los precios de mercado y sus costos, lo que comprueba que el potencial poder de mercado no fue ejercido.   Los indicadores positivos del Lerner pueden sustentarse en la una adecuada auditoría de costos, los ajustes de los costos de los combustibles y el control de las indisponibilidades de las unidades generadoras de electricidad. Esta situación es contraria a la situación presentada previa a la vigencia del Reglamento de Operación del Sistema de Transmisión y del Mercado Mayorista basado en Costos de Producción (ROBCP), en la cual se verificó la existencia de poder de mercado por parte de los oferentes del Mercado Mayorista.  
OPINIONES

Servicios de transporte requeridos mediante plataformas digitales

La opinión señala que la normativa sectorial, a pesar de haber enfrentado considerables cambios, no ha introducido reglas que permitan la incorporación de los modelos de negocios sustentados en innovaciones tecnológicas, como en el caso de las plataformas digitales por medio de las cuales es posible requerir servicios de transporte.

   El análisis concluyó que los servicios de transporte requeridos mediante plataformas digitales no constituyen una modalidad de transporte entre particulares, sino que pertenece al ámbito del transporte selectivo de personas.   Por tanto, se recomendó promover la reforma del régimen jurídico aplicable a los servicios de transporte selectivo de pasajeros, regulando mecanismos que autoricen explícitamente la operación y gestión de nuevos modelos de negocios, siempre que estos logren los mismos objetivos de política pública y que sean sometidos a reglas equivalentes a los servicios tradicionales.  
ANÁLISIS DE CONCENTRACIONES

Grupo Atlántida- Banco Procredit.

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia resolvió que la operación de concentración económica entre Banco ProCredit, S.A. e Inversiones Atlántida, S.A., a través de su designada Inversiones Financieras Atlántida, S.A., no produciría una limitación significativa de la competencia.

La operación significa el ingreso del grupo económico de Inversiones Atlántida en el mercado de servicios bancarios en El Salvador. En el país, las sociedades que conforman el grupo adquirente son: Corporación Atlántida, Atlántida Securities, Inversiones Financieras Atlántida, Atlántida Capital y AFP Confía.
PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS

Investigación a constructoras por acuerdo de precios en licitaciones públicas

El procedimiento referencia SC-031-O/PI/NR-2015 inició de oficio el 16 de septiembre de 2015, con base en el comunicado de prensa realizado por la Asociación Salvadoreña de Beneficiadores de Arroz -Asalbar-, en el cual ciertos beneficios de arroz agremiados ofrecieron al público los servicios de trilla y secado de arroz a un precio determinado.   La publicación reveló indicios suficientes de la posible existencia de la práctica anticompetitiva descrita en el artículo 25, letra a), de la Ley de Competencia –LC-, referente a establecer acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma.   Una vez agotadas todas las etapas del procedimiento, el Consejo Directivo emitió la resolución final, en la cual desarrolló el análisis técnico, jurídico y económico de los aspectos relacionados con el caso. Algunos de los elementos examinados fueron los siguientes: las actividades de trilla y secado de arroz en el proceso de transformación de arroz granza en arroz oro, la vinculación de los investigados con Asalbar y su participación en el acuerdo anticompetitivo, el rol facilitador de la asociación para la adopción del acuerdo anticompetitivo, y la ejecución del referido acuerdo.   Finalmente, el Consejo Directivo resolvió, en lo principal, que los doce agentes económicos instruidos cometieron la práctica anticompetitiva establecida en el artículo 25, letra a), de la LC, al haber acordado fijar los precios de los servicios de trilla y secado de arroz granza, y en consecuencia, impuso a cada uno de ellos una multa de cincuenta salarios mínimos mensuales urbanos en la industria vigentes al inicio del procedimiento (septiembre de 2015), equivalentes a doce mil trescientos treinta dólares de los Estados Unidos de América ($12,330.00).   En lo referente a Asalbar, el Consejo Directivo advirtió a dicha gremial que debía abstenerse de constituirse como facilitador o propiciador de acuerdos prohibidos entre sus miembros. Todo de conformidad a lo estipulado en la LC y su Reglamento.  
PROMOCIÓN DE COMPETENCIA

Mesa de Trabajo Interinstitucional BCR-SSF-SC

Las Mesas Interinstitucionales son una herramienta para el análisis de la viabilidad técnica en la implementación de las recomendaciones de política pública emitidas por el Consejo Directivo de la SC. El análisis se realiza conjuntamente con el equipo técnico de las instituciones destinatarias de las recomendaciones, con el fin de elaborar una propuesta consensuada a nivel técnico para ser presentado a los titulares e impulsar así la adopción de lo recomendado y promover la competencia. 
 
 En seguimiento a las recomendación emitidas por el Consejo Directivo de la SC en 2015, se instauró en 2016 una mesa de trabajo interinstitucional conformada por técnicos de la SC, el Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), con el fin de realizar una revisión y análisis conjunto de la normativa relacionada con los procedimientos de licitación para la contratación del seguro de invalidez y sobrevivencia por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para sus afiliados, con el fin de proponer reformas a modo de prevenir prácticas anticompetitivas como las sancionadas. En enero de 2017 los técnicos de las tres instituciones entregaron a los titulares de las instituciones el informe final que contiene las propuestas de reformas a Ley de Sistema de Ahorro para Pensiones, y las propuestas de reforma al Reglamento para la Contratación de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones.
 
Por su parte, la Asamblea Legislativa aprobó en septiembre de 2017 el Decreto Legislativo n.° 787 que contiene las Reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, para lo cual se giró instrucción al Comité de Normas del Banco Central de emitir la normativa necesaria para su correspondiente desarrollo. En esta labor, el Comité tomó como insumo las propuestas que de hicieran en la Mesa Interinstitucional para elaborar el Proyecto de las “Normas Técnicas para la Licitación, Adjudicación y Contratación del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones”, que fue remitido el 3 de noviembre para comentarios por parte de la SC. Revisado el proyecto y verificada la inclusión de los aportes de la Mesa, la SC se reunió con el referido Comité para brindar sus comentarios a la propuesta. En fecha 24 de noviembre el Banco Central de Reserva, en su calidad de regulador del sistema financiero y como parte de la normativa requerida por las reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, aprobó las “Normas Técnicas para la Licitación, Adjudicación y Contratación del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones”, cuyas versiones finales retoman los aportes de la Mesa Interinstitucional, así como los comentarios que se hicieran en la reunión sostenida.
 
Las Normas tienen como objeto establecer las bases técnicas y determinar los requisitos que debe cumplir una Institución Administradora
Video: ¿Porqué son tan importantes los EstudioSC?
Diversas investigaciones han coincidido en que las dificultades frecuentes de financiamiento que enfrentan las MYPE
Estudio Mype

EstudioSC

La opinión señala que la normativa sectorial, a ºpesar de haber enfrentado considerables cambios, no ha introducido reglas que permitan la incorporación de los modelos de negocios sustentados en innovaciones tecnológicas
Transporte mediate plataformas digitales

Opiniones

La publicación reveló indicios suficientes de la posible existencia de la práctica anticompetitiva de establecer acuerdos para fijar precios
Caso Constructoras

Investigaciones

  • Edificio Madre Selva Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1a. Av. El Espino No. 82 Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
  • contacto@sc.gob.sv
  • (503)2523-6600