SCA confirma legalidad de sanción impuesta a SISA Vida.
SCA confirma legalidad de sanción impuesta a SISA Vida.

SCA confirma legalidad de sanción impuesta a SISA Vida.

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sc_logo jueves 13 de agosto, 2020Hace 4 años

La sanción fue impuesta por la SC en 2015, por comprobársele la práctica anticompetitiva de acordar ofertas en licitaciones con otras aseguradoras. La SCA declaró certera la valoración.

La aseguradora Sisa Vida, S.A., Seguros de Personas (SISA VIDA) deberá pagar $1,469, 973.09, luego de que la Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA) confirmara la legalidad de la sanción impuesta por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (CDSC) en el año 2015 por haberse comprobado que ese agente económico acordó junto a las aseguradoras Asesuisa Vida, S.A., Seguros de Personas y AIG Vida, S.A., Seguros de Personas, manipular las ofertas y repartirse licitaciones públicas convocadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) Crecer y Confía, para la contratación de Seguro de Invalidez,  y Sobrevivencia (SIS), entre abril de 2008 y abril de 2012; una práctica prohibida por la Ley de Competencia (LC).

Las tres aseguradoras demandaron ante la SCA al CDSC, señalando ilegalidad en sus actuaciones y cinco años después, la SCA en resolución del 17 de enero del 2020 -notificada el pasado 12 de agosto-, confirma que esta autoridad actuó apegada a la ley, en relación con la demanda interpuesta por Sisa Vida.

La SCA declara que el CDSC “realizó una valoración certera, razonada y lógica” de las pruebas recabadas, que le permitieron “arribar a la única conclusión acertada (…): la existencia de un esquema de manipulación de las ofertas presentadas en los procedimientos de licitación pública para la contratación de seguros de invalidez”.

Este se convertiría en el segundo triunfo judicial de la Superintendencia de Competencia (SC), en el caso ASEGURADORAS,relativo a la licitación colusoria de tres sociedades en las ofertas del SIS, luego de que la SCA, el 20 de noviembre de 2019, también ratificara la legalidad de la multa impuesta a AIG Vida por haber cometido las prácticas anticompetitivas descritas en el art. 25, letras c) y d) de la LC.  

Este es otro fallo a favor de la SC y de la población salvadoreña, quedando otro precedente en la defensa de la competencia para garantizar la eficiencia económica del mercado y, en este caso, de los empleadores públicos, privados y trabajadores independientes, que son quienes directamente erogaron el exceso pagado en las licitaciones manipuladas, debido a la proporción que aportan a la cotización de las AFP para dicho fin; así como, a la óptima utilización de los recursos en la prestación de un servicio de carácter público y obligatorio, categorías constitucionalmente protegidas, (art. 50 de la Constitución de la República) que ha sido delegado por el Estado a las AFP.

Esta violación a la LC posee una particular gravedad, según determinó la SC al momento de emitir esta sanción, por tratarse de un servicio público de carácter obligatorio que garantiza el derecho a la seguridad social, por el alcance nacional del servicio, la duración prolongada por cuatro años de la práctica incurrida, el daño causado a la competencia en las licitaciones, entre otros.

En la resolución emitida por la SCA se deja sin efecto la medida cautelar decretada en 2015, por lo que SISA Vida S.A., cuentacon un plazo de ocho días (a partir de la notificación) para efectuar el pago de la multa. Al finalizar el plazo y si el agente no efectúa dicho pago, la SC trasladará el caso a la Fiscalía General de la República, para el cobro forzoso. A la fecha, con este proceso contencioso 173-2015, la SCA ha resuelto 36 casos a favor de la legalidad de las resoluciones emitidas por la SC y dos en contra.

 (La SC) “realizó una valoración certera, razonada y lógica” de las pruebas recabadas, que le permitieron “arribar a la única conclusión acertada (…): la existencia de un esquema de manipulación de las ofertas presentadas en los procedimientos de licitación pública para la contratación de seguros de invalidez”.

Sala de lo Contencioso Administrativo

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Hace 5 años, la SC sancionó las aseguradoras por acordar precios en licitaciones:

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