SC inicia procedimiento sancionador en sector de transporte de carga terrestre
SC inicia procedimiento sancionador en sector de transporte de carga terrestre

SC inicia procedimiento sancionador en sector de transporte de carga terrestre

[qrcode]

Lea en digital

sc_logo miércoles 26 de octubre, 2022Hace 1 año

La SC invita a los empresarios de este sector a seguir compitiendo y respetando la Ley de Competencia.

La Superintendencia de Competencia (SC) inició este día un procedimiento sancionador en contra de Alfaro Palacios S.A. de C.V. y Enrique Rafael Ángel Rosales, ambos propietarios de empresas de transporte de carga terrestre. Se investigan posibles violaciones al art. 25 letra a) de la Ley de Competencia (LC), relacionadas a prácticas anticompetitivas en este sector, mediante acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma.

El art. 44 de la Ley faculta al Superintendente a investigar y lo autoriza para requerir información y realizar otras diligencias como entrevistas e inspecciones para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Para la SC es relevante mantener una vigilancia constante de todos los mercados e indagar sobre las posibles acciones ilegales que puedan afectar la cadena de valor de diferentes productos y, por ende, el precio y calidad que llega a los consumidores. En este sentido, el servicio de transporte de carga terrestre juega un papel de gran relevancia en el funcionamiento de la economía, ya que permite el traslado de bienes y mercancías a lo largo y ancho del país y la región centroamericana, integrando varios sectores de la economía y servicios. Así, la defensa de la competencia en este mercado es fundamental para garantizar su funcionamiento competitivo, mismo que se traduce en mejores precios, mejor calidad del servicio y cadenas de suministros más resilientes.

La SC invita a los empresarios de este sector a seguir trabajando y respetar la Ley de Competencia, beneficiando así a todos los consumidores con precios competitivos, innovación y variedad de servicios y/o condiciones de venta.

El art. 44 de la Ley faculta al Superintendente a investigar y lo autoriza para requerir información y realizar otras diligencias como entrevistas e inspecciones para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Superintendencia de Competencia

Conozca más de nuestro trabajo en el PlaygroundSC

Cover_RPA

Lea o descargue el comunicado oficial

  • Edificio Madre Selva Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1a. Av. El Espino No. 82 Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
  • contacto@sc.gob.sv
  • (503)2523-6600