Opinión sobre reformas a la ley de propiedad intelectual (SC-040-S/ON/R-2016)

12 octubre, 2016

SC-040-S/ON/R-2016

EMISIÓN DE LA OPINIÓN

resolucion 

El 21 de noviembre de 2016, como resultado de las consideraciones incluidas en resolución y con base en el artículo 14, literal l), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia OPINA:

 

A) El proyecto de reformas a la Ley de Propiedad Intelectual, no es en sí mismo reprochable desde el punto de vista de la libre competencia. En caso se apruebe la reforma, es adecuado señalar la importancia de que los parámetros propuestos en el artículo 100-D se apliquen de forma racional y coherente, de forma que se procure reproducir los resultados más cercanos a los que se obtendrían en condiciones de plena competencia.

 

B) Es fundamental destacar la especial responsabilidad que tendrá el Registro de Propiedad Intelectual para fortalecer las habilidades y capacidades técnicas del personal que integre la unidad especializada, la cual sería creada para llevar a cabo la vigilancia de las entidades de gestión colectiva.

 

C) Comuníquese.​

 

SOLICITUD DE OPINIÓN

El 12 de octubre de 2016, en las oficinas de la Superintendencia de Competencia, se recibió correspondencia firmada por el Diputado Secretario de la Comisión de Economía, por medio de la cual solicitó opinión sobre un proyecto de reformas a la Ley de Propiedad Intelectual​.

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