Opinión sobre proyecto de reglamento especial para el diseño, construcción, y operación y mantenimiento de estaciones de servicio de gas natural vehicular (SC-055-S/ON/R-2017)

18 abril, 2018

SC-055-S/ON/R-2017

EMISIÓN DE OPINIÓN
Documento PDF

El 4 de abril de 2017, como resultado de las consideraciones expuestas y con base en los artículos 1, 4 y 14, literal L), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia OPINA:

 

I. Sobre el “Reglamento especial para el diseño, construcción, y operación y mantenimiento de estaciones de servicio de gas natural vehicular (GNV), talleres de conversión y habilitación”, se advierte:

 

A. Desde una perspectiva estrictamente económica y de la competencia, las disposiciones establecidas en el proyecto de reglamento resultan pertinentes, y no comprenden requisitos ni obligaciones que se consideren excesivas para los sujetos regulados, ni discriminatorias entre ellos. En tanto se cumpla lo anterior, la reglamentación no comprenderá preceptos que constituyan barreras u obstáculos a la competencia.

 

 

B. En aras de fortalecer la propuesta de Reglamento, podría valorarse la inclusión de figuras que provean mayor certeza a los interesados, como la inclusión del silencio administrativo positivo y promuevan la debida diligencia de las autoridades que emiten las autorizaciones pertinentes;

 

C. También, considerar en el artículo 22 del Reglamento, incluir que en el caso de que un agente económico se someta a un proceso de autorización de estación de servicio mixta, se le permita que los documentos formales o legales los presente ante el regulador en un expediente único.

 

D. Es recomendable mantener un sistema de vigilancia de mercado adecuado que permita monitorear de forma efectiva las actividades reguladas, a fin de que en etapas maduras del consumo de GN o cuando se considere que su suministro represente una rivalidad efectiva con los combustibles líquidos u otro producto sustituto, se prevengan efectos anticompetitivos. En estos casos, podría ser necesario reevaluar el régimen de libertad de precios y monitorear los efectos en la evolución de los contratos.

 

II. En relación con el “Reglamento Técnico de Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Gas Natural Vehicular, Talleres de Conversión y Habilitación a GNV”, en este momento y estado de cosas, no se advierten restricciones significativas a la competencia que sean objeto de una especial consideración.

 

III. Comuníquese.​

 

SOLICITUD DE OPINIÓN

El 19 de diciembre de 2017, la Superintendencia de Competencia recibió una solicitud remitida por el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Energía, Ingeniero Luis Roberto Reyes, por medio de la cual requiere observaciones a cinco proyectos de Reglamento que comprenden disposiciones regulatorias concernientes a actividades relacionadas con la provisión del Gas Natural. Entre los documentos remitidos se incluye el proyecto de “Reglamento especial para el diseño, construcción, y operación y mantenimiento de estaciones de servicio de gas natural vehicular, talleres de conversión y habilitación”, en adelante el “Reglamento”, sobre el cual versa la presente opinión.

  • Edificio Madre Selva Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1a. Av. El Espino No. 82 Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
  • contacto@sc.gob.sv
  • (503)2523-6600