Opinión sobre proyecto de metodología para la determinación de las tarifas de transporte y distribución por redes del gas natural (SC-052-S/ON/R-2017)

4 abril, 2018

SC-052-S/ON/R-2017

EMISIÓN DE OPINIÓN

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Con fecha 4 de abril de 2018, como resultado de las consideraciones expuestas en la resolución y con base en el artículo 14, literal l), de la Ley de Competencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, en relación al proyecto de “Metodología para la determinación de las tarifas de transporte por ductos y distribución por redes” del gas natural, OPINA:
A. Los elementos que componen la metodología tarifaria se sustentan en una regulación por incentivos a la eficiencia en las operaciones del transporte y distribución de gas natural, que, en principio, incorpora mecanismos para trasladar dichas ganancias a los consumidores.

 

B. Para garantizar una regulación completa y adecuada, que incentive un funcionamiento eficiente dentro de los mercados a desarrollarse, se recomienda:

 

i. Asegurar el desarrollo adecuado de las metodologías complementarias, para determinar la tasa de costo del capital, la base de activos a remunerar, los costos de operación y mantenimiento de referencia y el Factor de Productividad.

 

ii. Sustituir el artículo 15, inciso 5°, del proyecto con la siguiente redacción: “La metodología podrá considerar los siguientes elementos:…”, de manera que permita flexibilidad técnica en la determinación de la metodología específica para calcular la tasa de costo del capital.

 

iii. Definir el procedimiento de cálculo del exceso en precio del gas natural pagado por el comercializador, para que la Dirección pueda impedir el traslado de dichos excesos a las tarifas al usuario final, conforme al artículo 8 de la Metodología.

 

iv. Incorporar, en el Capítulo IV “Tarifas de Distribución de gas natural por redes”, un mecanismo de compensación de los rezagos en el reconocimiento del precio del gas natural, para los casos de cambio de suministrante en un escenario de no exclusividad de la comercialización.

 

v. Especificar, en el Capítulo IV, que los costos totales de cada componente corresponden a la suma de los costos anuales de capital reconocidos y los costos anuales de operación y mantenimiento de los activos.

 

vi. Incorporar, en el Capítulo IV, la expresión de acuerdo a la cual se calculará el componente de distribución a reconocer en las tarifas a los usuarios finales.

 

vii. Desarrollar los criterios bajo los cuales se considerarán a dos usuarios como análogos, para aplicar la prohibición de discriminación injustificada de usuarios, a que hace referencia el artículo 18 de la Metodología.

 

C. Comuníquese.​

 

SOLICITUD DE OPINIÓN

El Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Energía, ingeniero Luis Roberto Reyes, remitió a la Superintendencia de Competencia, el 19 de diciembre de 2017, el proyecto de “Metodología para la determinación de las tarifas de transporte y distribución por redes” del gas natural, con el fin de ser evaluado desde la perspectiva de competencia.​

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