Inadmisible – Solicitud de autorización de concentración económica de las sociedades Empresa Mobilia, S. A. de C. V., Ensueño, S. A. de C. V. (SC-010-S/C/NR-2009)

18 mayo, 2009

SC-010-S/C/NR-2009

INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD

Documento PDF

Por medio de resolución de fecha 23 de junio de 2009, el Consejo Directivo de esta Superintendencia, con base en el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Competencia, RESUELVE:

Declarar inadmisible la solicitud de autorización de concentración, consistente en la fusión de las sociedades EMPRESAS MOBILIA, S. A. DE C. V., y ENSUEÑO, S. A. DE C. V., presentada por la apoderada general judicial, por no haber presentado en el plazo señalado toda la documentación requerida y mencionada en la resolución de fecha 26 de mayo de 2009.

 

 SOLICITUD DE INFORMACIÓN

Por medio de resolución de fecha 26 de mayo de 2009, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, con base en los artículos 14 letra e), 31, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Competencia; y 25 y 26 de su reglamento, RESUELVE:

(a) Tener por confrontada con su original la copia del poder general judicial con cláusula especial otorgado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día ocho de mayo de dos mil nueve, por la sociedad Ensueño, S. A. de C. V. En consecuencia, devuélvase el original a la peticionaria.

(b) Tener por confrontada con su original la copia del poder general judicial con cláusula especial otorgado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de enero de dos mil cinco, por la sociedad Empresas Mobilia, S. A. de C. V. En consecuencia, devuélvase el original a la peticionaria.

(c) Prevenir a la apoderada general judicial de EMPRESAS MOBILIA, S. A. DE C. V. y ENSUEÑO, S. A. DE C. V., para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación respectiva, presente la documentación e información de tipo legal y de tipo Económica, Financiera y Comercial solicitada.

 

 RECEPCIÓN DE SOLICITUD 

El día 18 de mayo de 2009, las sociedades EMPRESAS MOBILIA, S. A. DE C. V. y ENSUEÑO, S. A. DE C. V. presentaron, a esta Superintendencia, solicitud de autorización de concentración en razón de la fusión de ambas sociedades.

  • Edificio Madre Selva Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1a. Av. El Espino No. 82 Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
  • contacto@sc.gob.sv
  • (503)2523-6600