Inadmisibilidad – Denuncia de supuestas prácticas anticompetitivas en el servicio público de transporte terrestre colectivo de pasajeros en chinameca

3 octubre, 2013

SC-042-D/PS/R-2013

NADMISIBILIDAD

Con fecha 15 de noviembre de 2013, el Superintendente de Competencia resolvió declarar inadmisible la denuncia presentada por la Asociación Cooperativa de Transporte de Chinameca, de responsabilidad limitada, que puede abreviarse ACATCHI, de R.L., por supuestas prácticas anticompetitivas en el servicio público de transporte terrestre colectivo de pasajeros, en virtud de no haber subsanado las inconsistencias y omisiones expuestas en la prevención correspondiente, y haber incumplido así los requisitos formales respectivos.

PREVENCIÓN

Con fecha 15 de octubre de 2013, el Superintendente de Competencia resolvió que la denuncia interpuesta por la Asociación Cooperativa de Transporte de Chinameca, de responsabilidad limitada, que puede abreviarse ACATCHI, de R. L., por supuestas prácticas anticompetitivas en el servicio público de transporte terrestre colectivo de pasajeros, adolece de inconsistencias y omisiones con relación a los requisitos exigidos en la Ley de Competencia, por lo que efectuó las respectivas prevenciones, a fin de poder entrar a conocer el caso.

RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA

El día 3 de octubre de 2013, la Superintendencia de Competencia recibió denuncia interpuesta por la Asociación Cooperativa de Transporte de Chinameca, de responsabilidad limitada, que puede abreviarse ACATCHI, de R. L., por la supuesta práctica anticompetitiva tipificada en el art. 25 lit. a) de la Ley de Competencia, relacionada con el mercado del servicio público de transporte terrestre colectivo de pasajeros.

 

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