Improcedencia – Solicitud de autorización de concentración económica de las sociedades entre las sociedades: Proyecto La Trinidad, Ltda. de C.V., Alpha Solar, Ltda. de C.V., Grupo Roca, Ltda. de C.V., PVGEN, Ltda. de C.V. y Renovables El Salvador (SC-028-S/CE/R-2016)

6 octubre, 2016

SC-028-S/CE/R-2016

RESOLUCIÓN FINAL

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El 5 de octubre de 2016, la Superintendencia de Competencia declaró improcedente la solicitud de autorización de concentración económica entre las sociedades: a) Proyecto La Trinidad, Ltda. de C.V., b) Alpha Solar, Ltda. de C.V., c) Grupo Roca, Ltda. de C.V., d) PVGEN, Ltda. de C.V., e) Renovables El Salvador Uno, Ltda. de C.V. y f) Suno Power, Ltda. de C.V.​, ya que la operación no cumple con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Competencia y por consiguiente no requiere de autorización previa por parte de esta institución.

 

 

 PREVENCIÓN A LOS SOLICITANTES

 

El 17 de agosto de 2016, el Consejo Directivo advirtió que la solicitud no reunía los requisitos a los que se refieren los arts. 33 LC y 25 RLC. En consecuencia, resolvió prevenir a las solicitantes presentar la documentación faltante y necesaria para analizar la admisibilidad de la solicitud. En esa misma resolución, se declaró reservado el expediente.​

 

 

 RECEPCIÓN DE SOLICITUD

 

El 26 de julio de 2016 la Superintendencia de Competencia recibió solicitud de autorización de concentración económica entre las sociedades: a) Proyecto La Trinidad, Ltda. de C.V., b) Alpha Solar, Ltda. de C.V., c) Grupo Roca, Ltda. de C.V., d) PVGEN, Ltda. de C.V., e) Renovables El Salvador Uno, Ltda. de C.V. y f) Suno Power, Ltda. de C.V.

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