Prácticas anticompetitivas en Telecomunicaciones (SC-029-D/PA/R-2008)

5 diciembre, 2008

SC-029-D/PA/R-2008.

IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA

Por medio de resolución de fecha 19 de diciembre de 2008, la Superintendenta de Competencia, con base en los artículos 42 y 47 de la Ley de Competencia, y artículos 61, 62 y 63 de su reglamento, RESUELVE:

(a) Declárese improcedente la denuncia presentada por LABORATORIOS COMBISA, por cuanto los hechos de la forma en la que han sido denunciados no se advierte que encajen en alguno de los supuestos contemplados en la Ley de Competencia

 

RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA

El día 5 de diciembre de 2008, la Sociedad LABORATORIOS COMBISA interpuso denuncia en contra de un agente económico por atribuirle la comisión de conductas que pueden calificarse como anticompetitivas.

  • Edificio Madre Selva Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1a. Av. El Espino No. 82 Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
  • contacto@sc.gob.sv
  • (503)2523-6600