Prácticas anticompetitivas en sector combustibles (SC-005-D/PA/R-2006)

21 abril, 2006

SC-005-D/PA/R-2006

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

( Acumulado en expediente con número de referencia SC-004-D/PA/R-2006 )

Instrucción del Procedimiento y Acumulación

Por resolución de fecha 9 de marzo de 2007, esta Superintendencia ordenó la instrucción del procedimiento sancionatorio contra la sociedad Esso Standard Oil, S.A. Limited (ESSO), por la existencia de indicios de prácticas anticompetitivas establecidas en los artículos 25 letra a) y 30 letra d) de la Ley de Competencia y atribuírseles el cometimiento de infracción a la misma. Además, se indicó el plazo de 30 días calendario que tienen la mencionada sociedad para aportar las alegaciones, documentos e información que estimen conveniente, señalen los hechos que pretenden probar y propongan los medios probatorios con los que intenten hacer valer sus defensas. Asi mismo, se ordenó que a partir de esta etapa el presente se acumulara al expediente clasificado con número de referencia SC-004-D/PA/R-2006 .

 

ADMISIÓN DE LA DENUNCIA – INVESTIGACIÓN PRELIMINAR

Requerimiento de Información a Defensoría del Consumidor

Por resolución de fecha 4 de enero de 2007, se requirió a la Presidenta de la Defensoría del Consumidor, doctora Ana Evelyn Jacir de Lovo, para que en el plazo de 5 días hábiles a partir del siguiente al de la notificación respectiva: (a) Remita a esta Superintendencia el análisis efectuado sobre el comportamiento de los precios internacionales del petróleo con respecto a los precios al consumidor final en nuestro país, durante el presente año, incluyendo bases de datos y conclusiones de dichos sondeos de precios. (b) Explique y evidencie los daños en el mercado que los precios, efectivos aplicados, pudieran haber causado.

 

Inicio de Investigación Preliminar

A través de la resolución del 5 de julio de 2006, se admitió la denuncia presentada, se ordenó la investigación preliminar correspondiente para lo cual se comisionó a las Intendencias Legal y Económica y se requirió información pertinente.

 

PREVENCIÓN AL DENUNCIANTE

Por resolución de fecha 25 de mayo de 2006, se solicitó al denunciante que evacua algunos aspectos omitidos en la denuncia.

 

RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA

El día 21 de abril de 2006, la AASOCIACIÓNSALVADOREÑA DE DISTRIBUIDORES DE PRODUCTOS DE PETRÓLEO que puede abreviarse ASDPP, presentó denuncia contra la sociedad “ESSO STANDARD OIL, S.A. LIMITED”.

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