Opinión sobre el proyecto de “Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de El Salvador” (SC-032-S/ON/R-2021)

16 noviembre, 2021

SC-032-S/ON/R-2021

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El 16 de noviembre de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitó opinión sobre el proyecto de “Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de El Salvador”.

 

Al respecto, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia emitió opinión señalando que: el Convenio presenta un elevado nivel de apertura, compartiendo características usualmente reconocidas para los Acuerdos de Cielos Abiertos. Sin embargo, se apuntaron algunos ámbitos de mejora, entre ellos:

 

(i) En relación con los acuerdos comerciales de cooperación entre aerolíneas, advirtió la importancia de evitar interpretaciones que sugieran que las aerolíneas estarán exentas del control previo de concentraciones, así también sugirió prevenirles que ninguna disposición del Acuerdo supone validar o permitir la colusión entre aerolíneas

 

(ii) se presenta una cláusula de cortesía comercial, en la cual se propone que las aerolíneas acomoden su capacidad de transporte de acuerdo con las necesidades del mercado y los efectos en la competencia, por lo que se sugirió eliminarla.

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