Denuncia de prácticas anticompetitivas en relación al mercado de productos farmacéuticos (SC-009-D/PS/R-2010)

5 marzo, 2010

SC-009-D/PS/R-2010

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

(FASE RESOLUTIVA)

RECURSO DE REVISIÓN

A las 15 horas y 45 minutos del día 18 de noviembre de 2011, el Consejo Directivo resolvió declarar no ha lugar el recurso de revisión interpuesto por Farmacias Europeas, S. A. de C. y confirmó en todas sus partes la resolución pronunciada por el día 11 de octubre de 2011.

 

RESOLUCIÓN FINAL

El CD emitió, a las 10 horas y 15 minutos del día 11 de octubre de 2011, resolución final en la que declaró que no se demostró que C. Imberton, Sociedad Anónima de Capital Variable, Droguería Americana, Sociedad Anónima de Capital Variable, Comercial Suiza, Sociedad Anónima de Capital Variable, Droguería Nueva San Carlos, Sociedad Anónima de Capital Variable, Montreal, Sociedad Anónima de Capital Variable y Corporación Cefa, Sociedad Anónima de Capital Variable hayan cometido la práctica anticompetitiva tipificada en el artículo 25 letra a) de la Ley de Competencia.

 

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

(FASE INVESTIGATIVA)

CONFIDENCIALIDAD, INTEGRACIÓN Y REMISIÓN DEL EXPEDIENTE

Mediante resolución emitida por el Superintendente de Competencia, a las once horas del día treinta y uno de agosto de dos mil once, se declaró la confidencialidad final de la información, se integró el expediente y se remitió al Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia.

 

PRUEBAS

El día martes 4 de mayo de 2010 el Superintendente de Competencia emitió resolución en la que ordenó la apertura a pruebas del procedimiento sancionador contra C. IMBERTON, S. A. DE C. V., DROGUERÍA AMERICANA, S. A. DE C. V., COMERCIAL SUIZA, S. A. DE C. V., DROGUERÍA NUEVA SAN CARLOS, S. A. DE C. V., MONTREAL, S. A. DE C. V. y CEFA, S. A. DE C. V., por un plazo común de veinte días hábiles contados a partir del siguiente día al de la notificación de esta resolución. En la misma se previno a los agentes económicos involucrados, así como al Consejo Superior de Salud Pública, para que presentasen información detallada en la resolución.

 

INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

(ALEGATOS DE DEFENSA)

El día martes 15 de marzo de 2010 el Superintendente de Competencia emitió resolución en la que ordenó la instrucción del procedimiento sancionador contra C. IMBERTON, S.A. DE C.V., DROGUERÍA AMERICANA, S.A. DE C.V., COMERCIAL SUIZA, S.A. DE C.V., DROGUERÍA NUEVA SAN CARLOS, S.A. DE C.V., MONTREAL, S.A. DE C.V. y CEFA, S.A. DE C.V., a efecto de investigar si éstas cometieron la práctica anticompetitiva de acuerdo entre competidores tipificada en el artículo 25 letra a) de la Ley de Competencia.

 

En dicha resolución se otorgó a las investigadas un plazo de treinta días a efecto de que presenten su defensa.

 

DENUNCIA

El día 5 de marzo de 2010 la sociedad FARMACIAS EUROPEAS, S. A. DE C. V. interpuso una denuncia contra C. IMBERTON, S. A. DE C. V., DROGUERÍA AMERICANA, S. A. DE C. V., COMERCIAL SUIZA, S. A. DE C. V., DROGUERÍA NUEVA SAN CARLOS, S. A. DE C. V., MONTREAL, S. A. DE C. V. y CEFA, S. A. DE C. V., atribuyéndole la práctica anticompetitiva de acuerdo entre competidores tipificada en el artículo 25 letra a) de la Ley de Competencia.

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