Inadmisibilidad – Denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas dentro del mercado de servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas locales e internacionales (SC-039-D/PI/R-2017)

9 febrero, 2018

SC-039-D/PI/R-2017

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

DECLARATORIA DE CONFIDENCIALIDAD

Con fecha 9 de febrero de 2018 el Superintendente de Competencia tuvo por evacuada la audiencia conferida a la sociedad TVC Network, S. A. de C. V. y calificó como confidencial, por ser secreta, por su valor empresarial y comercial, documentación presentada por dicha sociedad en el marco de la denuncia interpuesta por supuestas prácticas anticompetitivas dentro del mercado de servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas locales e internacionales.

 

AUDIENCIA SOBRE LA CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE

Con fecha 3 de enero de 2018 el Superintendente de Competencia mandó a oír por el plazo de cinco días calendario al licenciado David Fidencio Ríos Canales, en su calidad de director presidente y representante legal de TVC Network, S. A. de C. V., a efecto de que se pronunciara, previo a su calificación definitiva, sobre la propuesta de clasificación de la información y documentos presentados en el marco de la denuncia interpuesta por supuestas prácticas anticompetitivas dentro del mercado de servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas locales e internacionales.​

 

INADMISIBILIDAD

Documento PDF

El 23 de noviembre de 2017, el Superintendente de Competencia emitió resolución mediante la cual declaró inadmisible la denuncia presentada por TVC NETWORK, Sociedad Anónima de Capital Variable, por no haber cumplido con el requisito establecido en la letra c) del art. 62 del Reglamento de la Ley de Competencia.​

 

PREVENCIÓN

El día 16 de octubre de 2017, el Superintendente de Competencia formuló las correspondientes prevenciones para que la denunciante, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación respectiva, subsane los aspectos indicados en la resolución, a efecto de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 62 del RLC.​​​, en la denuncia presentada por supuestas prácticas anticompetitivas dentro del mercado de servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas locales e internacionales.​

 

RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA

El día 5 de octubre de 2017, TVC Network, S. A. de C. V. presentó denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas, específicamente las enmarcadas en el art. 30 letra a) de la Ley de Competencia, dentro del mercado de servicio mayorista de terminación de llamadas telefónicas locales e internacionales.

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